EL GOBIERNO ANUNCIÓ CÓMO SERÁ EL SERVICIO REDUCIDO DE TELEFONÍA, INTERNET Y TELEVISIÓN POR FALTA DE PAGO

05 mayo 2020

(El Instransigente) Las prestadoras tendrán que enviarle la lista de deudores a ENACOM “en el plazo máximo de tres días corridos».

El Gobierno nacional anunció las especificaciones respecto del servicio reducido de telefonía, internet y televisión por cable, en relación a la falta de pago. La medida se formaliza luego de comunicar que se podría extender la prohibición para estas de cortarles esta prestación a los usuarios que no hayan abonado determinada cantidad de facturas.

La medida fue publicada este lunes, mediante la resolución 367/2020 en el Boletín Oficial. De este modo, la norma establece las prestadoras tendrán que enviarle la lista de deudores al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) “en el plazo máximo de tres días corridos” a partir de este lunes. Allí, deberán figurar los usuarios que se hayan abierto cuentas antes del 26 de marzo y que sean susceptibles “de cortes o suspensión con causa en la falta de pago. O posean avisos de corte en curso; y sus facturas hayan tenido vencimiento a partir del 1° de marzo del corriente año”.

En esta línea, las compañías también deberán presentar un listado con los usuarios del sistema prepago que hayan hecho una recarga en febrero o marzo pasado. Asimismo, tendrán que informar a ENACOM “dentro de los primeros 15 días corridos”, el valor de todos los precios establecidos para estas prestaciones mínimas. Estos montos deberán ser “justos y razonables”, según la resolución.

Así, la forma de comunicación con los titulares de las cuentas será “a través de las facturas, las páginas web institucionales y todas las redes sociales”. Respecto a los planes de pagos para los deudores, tienen que ofrecer “tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas”. No se podrán aplicar “intereses moratorios, compensatorios, punitorios, ni ninguna otra penalidad”, aclara la medida.

Según detalla la nueva normativa, los usuarios podrán acceder a un formulario especial para solicitar los beneficios. Esto regirá para los casos en los que reciban un aviso de corte y cumplan con los requisitos para acceder al servicio reducido. En la web formularioenacom.gob.ar podrán obtener el papel. En este sentido, para los particulares cambia la forma. Para acceder, tendrán que “acreditar una merma de 50% o más en su capacidad de pago”. O ser una asociación civil constituida como clubes de barrio, centro de jubilados, sociedades de fomento y centros culturales.

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