PROPUESTA DE LA MESA NACIONAL EN BENEFICIO DE LAS COOPERATIVAS ELÉCTRICAS

23 octubre 2020

(Nota de Prensa 070_2020) Según consignó Conaice, cuya secretaría es ocupada por FEDECOBA, se solicitó una modificación al artículo 87 de la Ley de Presupuesto basada en una serie de propuestas que ayuden a afrontar la crítica situación económica y financiera que atraviesa el sector.

De acuerdo a lo comunicado por Conaice en su página web, la Mesa Nacional de Cooperativas Eléctricas presentó una nota a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados de la Nación en la que expuso la crítica situación económica y financiera que atraviesa el sector y propuso una modificación al Artículo 87 de la Ley de Presupuesto con el objetivo de que el régimen de regularización con CAMMESA se haga extensivo a las cooperativas eléctricas del país que no son distribuidoras agentes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), que son la mayoría.

“Las cooperativas que representamos no escapan a la situación de emergencia económica y sanitaria que afecta nuestro país”, advierten en el escrito, y citan un estudio realizado por la Mesa Nacional basado en información económica y financiera de 123 cooperativas eléctricas de todo el país del que permitió conocer los siguientes datos.

-El 54 % de los ingresos de las distribuidoras se destina a pagar la factura de compra de la energía eléctrica, sea directamente a CAMMESA o a la EMPRESA DISTRIBUIDORA PROVINCIAL que abastece a la cooperativa.

-Del 46 % de los ingresos restantes, 67 % se destina al pago de los salarios, resultando el saldo insuficiente para hacer frente a la prestación del servicio sin absorber quebrantos, los cuáles terminan compensándose con endeudamiento (CAMMESA, TRABAJADORES, FISCO, ASOCIADOS, INVERSIONES, etc.). Existe un atraso del valor agregado de distribución (VAD) de las cooperativas necesario para hacer frente a los gastos directos e indirectos corrientes, del orden del 36%.

-En el periodo anual considerado, las cooperativas eléctricas afrontaron un quebranto económico promedio del 36 %, mientras que el quebranto financiero promedio alcanza el 15 %. Visto en pesos, han dejado de percibir en doce (12) meses, un promedio de $ 8.731 por cada uno de sus usuarios.

-El 70 % de las empresas cooperativas consideradas prestan servicios en comunidades con menos de 5.000 usuarios, lo que implica una baja densidad de usuarios con grandes extensiones de redes para abastecerlos, lo que genera una gran “deseconomía de escala” frente a otros prestadores cuyos usuarios se concentran en grandes ciudades.

-La situación general del sector ha sido fuertemente afectada por la pandemia del COVID-19. El Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) ha resentido notablemente la cobranza mensual de los servicios. En el periodo de abril a julio, la morosidad mensual subió a un promedio mensual del 27 %. Durante el mismo periodo se ha experimentado una baja en la venta interanual de la energía, principalmente en las actividades que han estado impedidas de funcionar por la vigencia del ASPO, lo que ha incrementado el quebranto antes mencionado. En el mes de julio de 2020, esta caída de la energía vendida llegó al 4,4 % interanual. Esto ha generado una manifiesta la caída de recaudación general de las cooperativas, que fue creciendo mes a mes a partir de abril de 2020 y promedió un -26,6 % en el cuatrimestre abril-julio.

Ante este duro diagnóstico, las autoridades de la Mesa Nacional consideran “apropiada” la propuesta incorporada al artículo 87 del proyecto de Ley de Presupuesto Nacional 2021 que articula un régimen de regularización con CAMMESA. No obstante, advirtieron que, tal como está instrumentado ese régimen, sólo podrán acceder al mismo las distribuidoras agentes del MEM.

“La mayoría de las cooperativas eléctricas del país no son distribuidoras agentes del MEM, por lo que compran la energía con la que abastecen sus usuarios a una distribuidora agente del MEM, que actúa ante CAMMESA por cuenta y orden de la cooperativa ‘aguas abajo’. Como consecuencia de ello, se hace necesario que el artículo reseñado prevea también mecanismos que permitan el traslado de las condiciones de regularización otorgadas las distribuidoras agentes del MEM a las cooperativas a las que suministran la energía y potencia en bloque; las que también mantienen deudas con las distribuidoras que las abastecen como consecuencia del impacto de la emergencia económica y sanitaria”, señalan.

En ese sentido, la Mesa Nacional de Cooperativas Eléctricas solicita a la Comisión de Presupuesto que “evalúe y/o adopte” una modificación del artículo 87 basado en una serie de propuestas que -junto con la carta en su versión completa- pueden leerse aquí.

Cabe recordar que la Mesa Nacional de Cooperativas Eléctricas está integrada por organizaciones de segundo y tercer grado que nuclean a 598 empresas cooperativas que prestan servicios en 720 localidades de 15 provincias argentinas.

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