AFIP SUMA CONSUMO DE SERVICIOS PÚBLICOS PARA CRUCE DE DATOS

13 julio 2012

(Ambito Financiero) – Las empresas que prestan servicios públicos (electricidad, agua, gas y telefonía fija y celular) deberán informar a la AFIP sobre los clientes que consuman más de $ 1.000 mensuales.

Así lo dispuso ayer el organismo que encabeza Ricardo Echegaray, a través de la Resolución General 3.349 publicada en el Boletín Oficial. Toda esta información se suma a la base de datos con que cuenta la AFIP para realizar cruzamientos que permitan detectar contribuyentes evasores.

En rigor, con la norma oficializada ayer se modificó el régimen de información que cumplen esas compañías. Hasta ahora, las empresas debían informar los consumos semestralmente y sólo aquellos que superaran los $ 3.000.

De este modo, las prestadoras de servicios públicos deberán detallar cada mes el monto total de los consumos, la cantidad de kilovatios de electricidad y de unidades consumidas de gas y agua y el tipo de prestación (residencial, comercial o industrial). También tendrán que informar la modalidad de pago del usuario, así como su clave bancaria uniforme (en caso de débitos automáticos con tarjetas de crédito o débito) y hasta la categorización frente al IVA.

La norma también aclara que «estarán obligados a informar a todos los contribuyentes que, al cierre del período mensual informado, revistan el carácter de sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), independientemente del monto de la operación».

Antes del 31 de agosto, las compañías alcanzadas por el régimen informativo de consumos relevantes deberán presentar la información correspondiente al primer semestre de este año. Según la AFIP, esta medida permitirá «optimizar la función fiscalizadora y el control de las obligaciones tributarias».

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