La ley que fija al 31 de enero próximo como feriado nacional por única vez quedó sancionada en diciembre por amplia mayoría en el Senado en la misma jornada en la que fue publicada en el Boletín Oficial la norma del Ejecutivo que declara al 2013 como el «Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813».
Se trata del Decreto 2435/2012, cuyos considerandos destacan que ese hecho «marcó un hito transcendental» en la historia argentina, «no sólo por el rol soberano asumido por quienes la presidieron sino por su representatividad, albergando en su seno a todos los pueblos integrantes de las Provincias Unidas del Río de la Plata».
Además, subrayan que la Asamblea «introdujo profundos cambios políticos y sociales que resultaron transcendentales para nuestra soberanía popular, que han sido puestos de manifiesto a través de una incipiente tarea legislativa, ratificando su vocación de independencia, libertad e igualdad».
Más allá de declarar el «Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813», en su artículo 2 el decreto dispone que a partir del 1 de enero próximo toda la papelería oficial utilizada en la administración pública «deberá llevar en el margen superior derecho un sello con la leyenda `2013-Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813´».
Por otro lado, el artículo 3 consigna que el Ejecutivo «auspiciará actividades, seminarios, conferencias y programas educativos que contribuyan a la difusión en el país de los hechos alusivos a la Asamblea General Constituyente de 1813».
A su vez, la norma invita a los gobiernos provinciales y al de la ciudad de Buenos Aires a adherir al Decreto.
Entre los logros de la Asamblea General Constituyente de 1813, el decreto dictado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner destaca que «proclamó la igualdad social a través de la abolición de la inquisición y las torturas, la supresión de todos los títulos de nobleza, proscribiendo el uso y exposición de escudos nobiliarios que denotaran diferentes categorías sociales».
Por otro lado, rescata la eliminación del «mayorazgo» y de «todo tipo de explotación de los indígenas, suprimiendo la encomienda, la mita y el yanaconazgo», el fin del «tráfico de esclavos» y el establecimiento de «la libertad de vientres, garantizando la libertad e igualdad a todos los hijos de esclavas que nacieran en adelante en el territorio de las Provincias Unidas».
«Además, a través de la Asamblea General Constituyente de 1813, se proclamaron nuestros símbolos patrios, se creó el Escudo Nacional, se encargó la composición del Himno Nacional Argentino, se declaró fiesta cívica al 25 de Mayo y se dispuso la acuñación de moneda nacional», subraya la norma.
Con estos argumentos, juzga «indudable» el valor y el significado de la Asamblea General Constituyente de 1813 «en los albores de nuestra historia y en la organización institucional del país, forjando las bases constitucionales del Estado de Derecho»