(Ámbito) La Secretaría de Energía aprobó el «Plan Nacional de Transición Energética al 2030». Lo informó el Boletín Oficial en su Resolución 517/2023.
La Secretaría de Energía aprobó el «Plan Nacional de Transición Energética al 2030» y entre los considerandos de la resolución, fundamentó que en el Artículo 41 de la Constitución se establece que «todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo».
A su vez, se recordó que, «en virtud de lo dispuesto por la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático» decidió adoptarse «el Acuerdo de París como un tratado internacional sobre el cambio climático, jurídicamente vinculante, que tiene por objeto reforzar la respuesta mundial a su amenaza, en el contexto del desarrollo sostenible».
Sobre ello, indicó que «el Artículo 2, Inciso A del Acuerdo de París prescribe el deber de las partes de “Mantener el aumento de la temperatura media mundial por debajo de 2° C con respecto a los niveles preindustriales, y proseguir los esfuerzos para limitar ese aumento de la temperatura a 1,5 °C con respecto a los niveles preindustriales, reconociendo que ello reduciría considerablemente los riesgos y los efectos del cambio climático”.
También, que «en el Artículo 4 del Acuerdo de París, se invita a los países a formular y presentar estrategias de desarrollo a largo plazo con bajas emisiones de gases de efecto invernadero».
Por ello, se recordó que el país «presentó en noviembre del año 2022 su Estrategia de Desarrollo Resiliente con Bajas Emisiones a Largo plazo a 2050».
«Del análisis de las emisiones globales de Gases de Efecto Invernadero (GEI) producidas durante el año 2018, surge que el 76% fueron producidas por el sector energético. En el caso de la República Argentina ese porcentaje disminuye al 51% del total, según los datos de los Inventarios Nacionales de Gases de Efecto Invernadero (INGEI) de 2018», se comparó.
En relación a lo actuado por el país, se cita que «en cumplimiento de los compromisos asumidos, nuestro país presenta regularmente sus INGEI» y que «a finales del año 2020 (el país) presentó ante las Naciones Unidas la Segunda Contribución Nacional Determinada (NDC por sus siglas en inglés), que estableció el compromiso de incrementar la ambición climática y la decisión de lograr una transición justa hacia un desarrollo integral y sostenible. Además, incluyó dentro de los ejes de implementación a la transición energética y el transporte sostenible, entre otros».
La resolución de la Secretaría de Energía
Se dispuso, por tanto, a comunicar al Consejo Federal de Energía y al Consejo Federal de Energía Eléctrica, y por su intermedio a todas las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de lo resuelto en la presente, y a «generar mecanismos para que el Plan Nacional de Transición Energética al 2030 pueda ser nutrido por los aportes de cada provincia de cara a los desafíos del futuro».
Además, se instruyó a la Subsecretaría de Planeamiento Energético «a generar procedimientos de articulación con la sociedad civil y el sector público y privado, y a recopilar los aportes que se reciban para futuras versiones del Plan Nacional de Transición Energética al 2030».
También, a la misma área, «a desarrollar y articular actualizaciones periódicas del Plan Nacional de Transición Energética al 2030 que incorporen la evolución de la política de transición energética, con los nuevos programas que se desarrollen» y precisó que «la primera actualización se deberá realizar antes del 31 de diciembre de 2024. A partir de allí, las siguientes actualizaciones deberán desarrollarse cada cinco años».