EL GOBIERNO OFICIALIZÓ LOS CAMBIOS EN LA LEY DE MEDIOS

04 enero 2016

(Tiempo) – Mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial, se oficializó el Enacom, que absorberá las funciones del organismo creado y de la Aftic. 

 

El Gobierno nacional oficializó la creación del Enacom (Ente Nacional de Comunicaciones), el nuevo organismo que absorberá las funciones de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) y la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Aftic).

La medida ocurre pese a que el miércoles pasado el juez platense Luis Arias dictó una medida precautelar mediante la cual ordenó al Ejecutivo nacional que “se abstenga de suprimir o afectar derechos adquiridos y/u otorgar nuevos derechos vinculados al ejercicio de la competencia y funcionamiento de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca)”.

El decreto conocido hoy establece que el directorio del Enacom estará conformado por un presidente y 3 directores nombrados por el Poder Ejecutivo y otros 3 propuestos por la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, que serán seleccionados uno por la mayoría, otro por la segunda minoría y otro por la tercera minoría parlamentaria.

Entre los considerandos de la decisión, se destaca la necesidad de crear un ente único para “no generar una dispersión de criterios en su aplicación, produciendo no sólo ineficiencias y distorsiones sino también inseguridad jurídica”.

Según el decreto del Poder Ejecutivo, la ley de medios “es una norma anticuada y distorsiva en numerosos aspectos” ya que “desconoce el rol de la digitalización en la multiplicación de espacios de contenidos, el papel de las sinergias en el desarrollo de modelos de negocios de la industria, la escala que se requiere para desarrollar servicios convergentes”, entre otras cuestiones.

También justifica la emisión del decreto en el hecho de que “la crítica situación del sector configura una situación excepcional que hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución” y “esperar la cadencia habitual del trámite legislativo irrogaría un importante retraso”.

Entre las modificaciones a la ley de medios visuales, se establecen cambios en los artículos 25, 38, 40, 41, 45, 54 y 63, que habían sido cuestionados en la Justicia por el Grupo Clarín.

Por ejemplo, se modifica el artículo 40 que actualmente establece que las licencias tienen una prórroga única de 10 años previa audiencia pública y se establece que, a partir de ahora, serán a 5 años de manera automática y luego a 10 años por concurso. En el artículo 45, se establecen nuevas reglas para la cantidad de licencias: en el orden nacional, se lleva a 15 licencias de servicios de comunicación visual cuando se trate de televisión abierta o radio; y en el orden provincial, se indica que no podrá exceder la cantidad de 4 licencias.

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