ENACOM AUTORIZÓ AUMENTO EN TELEFONÍA MÓVIL, CABLE E INTERNET: CUÁNDO EMPIEZA A APLICARSE

26 septiembre 2022

(BAE Negocios) El ente regulador lo confirmó en la resolución publicada en el Boletín Oficial de este viernes, que especificó que los respectivos incrementos se aplicarán en los meses de octubre y diciembre. Esta medida se suma a la suba que se aprobó en el transporte público y servicios de luz y gas.

El Ente Nacional de Comunicaciones ( Enacom) aprobó este viernes a que las compañías de telefonía, internet y televisión realicen dos aumentos en sus tarifas hasta fin de año.

Como resultado, la resolución 1754/2022 publicada en el Boletín Oficial habilitó un incremento durante el mes de octubre de 19,80% y en diciembre otro más de 9,80%. Se tratan de subas para precios minoristas y, en lo que respecta a la telefonía móvil, es para todos los planes, ya sea en modalidad pospaga o mixta.

De esta manera, los aumentos en teléfono, internet y servicios de cable se suman a los que habían sido aprobados en abril, que promediaron el 19%.

En qué consiste el aumento
Los aumentos de precios en las tarifas incluyen a empresas licenciatarias de Servicios de Comunicaciones Móviles, Servicios de Valor Agregado de Acceso a Internet, Servicios de Telefonía Fija, Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico o radioeléctrico, y Servicios de Comunicación Audiovisual de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo satelital.

El titular del Enacom, Claudio Ambrosini, afirmó que “cualquier incremento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado por las Licenciatarias de Servicios de TIC o DTH (TV Satelital) y que supere los valores expresamente autorizados por las Resoluciones citadas en los Artículos anteriores o en la presente, deberá ser reintegrado a sus usuarios y usuarias en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago de facturas”.

Y agregó: “En aquellos casos en los que algún usuario o usuaria no abonare su factura con incrementos superiores a los autorizados, las prestadoras deberán abstenerse de computar los plazos legales vigentes para proceder a la suspensión del servicio ni aplicar, con causa en dichas facturas, las demás disposiciones vigentes en el reglamento de clientes de servicios de TIC, plazo que deberá computarse a partir del vencimiento de las refacturaciones correspondientes».

También se hizo hincapié en que “corresponde autorizar nuevos incrementos con aplicación a partir de octubre y diciembre de 2022, evaluados en el contexto económico y dificultades que se atraviesan para todos los actores involucrados, prestadoras y público usuario”. Esta medida se suma a los aumentos que se debieron realizar en otras áreas, como es el caso del transporte público.

“Los requerimientos de nuevos aumentos se fundamentan a partir de los mayores costos y el impacto de las oscilaciones de las principales variables económicas en la operatoria de las Licenciatarias durante los meses transcurridos desde el inicio de la reglamentación de precios minorista”, aportaron desde el Enacom.

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